- Gastos de locomoción: aquellas cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos de locomoción del trabajador, porqué se desplaza fuera de su oficina, fabrica o centro de trabajo.Se establecen unas condiciones:
b) Si el trabjador utiliza su vehículo propio, debe justificar la cantidad de computar 0.19€ x km,
justificar los peajes, aparcamientos...
--> Si la empresa paga una cantidad superior a la debida, entonces el exceso tributa como rendimientos
del trabajo.
- Gastos de manutención y estada: aquellas cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos de manutención y estada en hoteles, restaurantes...
- El gasto de estada, es según el importe que justifique con la factura
- El gasto de manutención, si es en España le corresponde 53, 34 € y si es en el estrangero 91.35€.
b) Si el trabajador no tiene que dormir fuera:
- No hay gastos de estada
- Gastos de manutención, si son en España le corresponde 26.67€ y si es en el estrangero 48,08€.
Tabla resumen
Tipo de Gastos | España | Extranjero | |
Gastos de estancia | Importe justificado | ||
Gastos de locomoción | Transporte público | Importe justificado | |
Otros | 0,19 euros/km. + peaje y parking | ||
Gastos de manutención | Pernoctando en municipio distinto | 53,34 euros/día. | 91,35 euros/día |
Sin pernoctar en municipio distinto | 26.67 euros/día | 48,08 euros/día |
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